LEY DE BANCARIZACION N° 1529
TODAS LAS OPERACIONES ECONÓMCAS QUE SE REALICEN DESDE S/. 2,000 O $ 500 DEBERÁN SUSTENTARSE CON MEDIO DE PAGO DEL SISTEMA FINANCIERO A PARTIR DEL 01 DE ABRIL DEL 2022.
Mediante el Decreto Legislativo N° 1529, publicado el 03 de marzo de 2022 en el Diario Oficial El Peruano, el gobierno dispuso modificar el texto único ordenado (TUO) de la Ley N° 28194 - Ley para la lucha contra la evasión y para la formalización de la economía, conocida como “Ley de bancarización”.
Esta norma establece que todas las operaciones económicas a partir de S/. 2.000 (Dos mil y 00/100 Soles) o US$ 500 (Quinientos y 00/100 Dólares Americanos). deberán usar un medio de pago dentro del sistema financiero, como:
- Depósitos en cuenta
- Transferencias bancarias
- Giros
- Cheques “no negociables”
- Tarjetas de crédito
La validez del pago se dará cuando dicho pago se realice directamente al acreedor, proveedor del bien y/o servicio, o cuando se realice a un tercero designado por aquél, siempre que tal designación se comunique a la Sunat con anterioridad al pago, en la forma y condiciones que esta señale mediante resolución de superintendencia.
- El efecto de no bancarizar hace que se pierda parte del crédito fiscal, así como también impuesto a la renta.
La vigencia de esta obligación rige a partir del 01 de abril de 2022.
