GUIA PARA LA PREVENCION DEL CORONAVIRUS EN EL AMBITO LABORAL

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GUIA PARA LA PREVENCION DEL CORONAVIRUS EN EL AMBITO LABORAL
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GUIA PARA LA PREVENCION DEL CORONAVIRUS EN EL AMBITO LABORAL

Ante la reciente confirmación de la presencia del CORONAVIRUS en nuestro país, el MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO (MTPE) ha publicado una “Guía para la prevención del Coronavirus en el ámbito laboral”, documento que contiene lineamientos específicos que deben cumplir los empleadores para atender y contener los eventuales casos que presenten sus trabajadores.

  • En caso un trabajador presenta un resfrío, y refiere que ha estado en contacto con personas que fueron diagnosticadas como casos sospechosos, probables o confirmados, o que en los últimos 14 días ha visitado áreas de riesgo de transmisión de este virus, de inmediato debe acudir al centro médico público o privado más cercano o llamar a la línea gratuita 113 del Ministerio de Salud.
  • Los empleados que den positivo a la prueba de Covid-19 deberán justificar su inasistencia con el certificado correspondiente emitido por el médico tratante.
  • Si el EMPLEADO ES DIAGNOSTICADO CON CORONAVIRUS deberá dejar de asistir a su centro de labores y se le dará una LICENCIA CON GOCE DE HABER denominada SUSPENSIÓN IMPERFECTA DE LABORES.
  • Si se descarta la enfermedad, y el paciente estuvo en cuarentena, deberán acordar si las horas no laboradas serán recuperadas o no. La empresa puede exonerar al trabajador de la compensación.

Protocolos de limpieza

  • Poner a disposición de los trabajadores material higiénico apropiado y suficiente, y adoptar los protocolos de limpieza que resulten necesarios.
  • El área de Recursos Humanos (o la que hagan las veces de esta) deben elaborar un plan comunicacional referente a las medidas preventivas que adoptará la empresa, y en caso de que resulte necesario, un punto de contacto para brindar información y asistencia a las autoridades sanitarias.

Teletrabajo

  • El acuerdo de teletrabajo, modalidad que no requiere la presencia física del trabajador en el centro laboral, tendrá que hacerse por escrito.
  • El teletrabajo es considerado como una acción habilitada por la ley para evitar la propagación del coronavirus en los centros de trabajo.
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