DECLARACION JURADA ANUAL EJERCICIO 2019

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DECLARACION JURADA ANUAL EJERCICIO 2019
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DECLARACION JURADA ANUAL EJERCICIO 2019

Mediante Resolución de Superintendencia N° 271-2019/SUNAT, publicdo el 29 de diciembre del 2019, SUNAT publicó el cronograma de presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras del ejercicio gravable 2019.

Cronograma de presentación

Utlimo digito de RUC Fecha de presentación
0 25 de marzo 2020
1 26 de marzo 2020
2 27 de marzo 2020
3 30 de marzo 2020
4 31 de marzo 2020
5 01 de abril 2020
6 02 de abril 2020
7 03 de abril 2020
8 06 de abril 2020
9 07 de abril 2020
Buenos contribuyentes 08 de abril 2020

Multas e infracciones

Caso 1: No presentar el Formulario Virtual N° 708 o el PDT N° 708 dentro del cronograma de vencimiento de acuerdo a su último dígito de RUC (Régimen General o RMT):

MULTA

DESCUENTO

BASE LEGAL

1 UIT = 4,300 (*)

Hasta un 90% de descuento si presenta la declaración jurada anual y paga la multa de manera voluntaria antes de cualquier notificación o requerimiento de SUNAT.

Art. 176° Numeral 1 del CT

(*) Se utilizará la UIT vigente a la fecha en que se cometió la infracción; la UIT será equivalente a S/ 4,300 aprobado con D.S. N° 298-2018-EF.

 

Caso 2:  Presentar una declaración jurada rectificatoria del Formulario Virtual N° 708 o el PDT N° 708 en la que se determine un impuesto a pagar mayor por haber omitido incluir determinados ingresos en la declaración original presentada por el contribuyente (Régimen General o RMT): 

MULTA

DESCUENTO

BASE LEGAL

50% del Tributo por pagar omitido(*)

Hasta un 95% de descuento si la rectificatoria y pago de la multa se realizan de manera voluntaria antes de cualquier notificación o requerimiento de SUNAT.

Art. 178° Numeral 1 del CT

(*) El importe que se obtenga no podrá ser menor al 5% de la UIT vigente a la fecha en que se cometió la infracción. La UIT será equivalente a S/ 4,300 aprobado con D.S. N° 298-2018-EF. Por lo tanto el 5% UIT = 215

 

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