DECLARACION DE RENTA 2021

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DECLARACION DE RENTA 2021
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DECLARACION DE RENTA 2021

SEGUN EL CRONOGRAMA ESTABLECIDO POR SUNAT; EL VENCIMIENTO PARA LA DECLARACIÓN DE RENTA 2021 INICIARÁ DESDE EL 25 DE MARZO Y FINALIZARÁN EL 08 DE ABRIL DEL 2022, LAS FECHAS HAN SIDO ESTABLECIDAS EN BASE AL ULTIMO DIGITO DE RUC DEL CONTRIBUYENTE.

SUJETOS OBLIGADOS A DECLARAR RENTA

  1. Persona Natural (RUC 10)
  • Contribuyentes que hubieran percibido Rentas de Quinta Categoría (planilla) y, al mismo tiempo, deduzcan gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.
  • Contribuyentes que perciben Rentas de Cuarta (recibo de honorarios profesionales) y/o Quinta Categorías (planilla) y Rentas de Fuente Extranjera que tengan un saldo a favor del Impuesto a la Renta.
  • Contribuyente que hubieran percibido Rentas de Cuarta y/o Quinta Categoría que atribuyan gastos por arrendamiento a sus cónyuges o concubinos.
  • Contribuyentes que determinen un saldo por pagar por Rentas de Primera, Segunda y Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera.
  • Contribuyentes que arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto y/o hayan aplicado dichos saldos, de corresponder, contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría.

 

  1. Persona Jurídica (RUC 20)
  • Contribuyentes generadoras de renta o pérdidas de tercera categoría  que se encuentren bajo el Régimen General del Impuesto o del Régimen Mype Tributario (RMT).

 

PERSONAS EXONERADAS

  • Personas no domiciliadas en el país que obtengan rentas de fuente peruana.

 

GASTOS DEDUCIBLES

Los contribuyentes que generan rentas de trabajo perciben rentas de Cuarta y/o Quinta categoría y al determinarse el Impuesto Anual deberán deducir anualmente los siguientes:

  • Por sus rentas de Cuarta categoría: deducirán el 20% de dichos ingresos.
  • Por sus rentas de Quinta categoría o rentas de cuarta y quinta categoría (en conjunto): deducirán 7 UIT.

 

GASTOS ADICIONALES DE 3 UIT

El monto que se deducirá se obtiene de la suma de aquellos porcentajes aplicados según el tipo de gasto. Dicha suma no podrá exceder 3 UIT.

  • Aportes de ESSALUD trabajadores del Hogar                                100%
  • Arrendamiento / subarrendamiento de inmuebles                       30%
  • Servicios prestados - Renta de cuarta categoría                             30%
  • Honorarios profesionales de médicos y odontólogos                   30%
  • En hoteles y restaurantes                                                                  15%

*Siempre y cuando cumpla con los requisitos que la ley exige para su DEDUCCIÓN.

 

FRACCIONAMIENTO DE LA DEUDA

Si se determinó deuda por rentas de capital o trabajo se puede presentar una Solicitud de Aplazamiento o Fraccionamiento inmediatamente después de realizada la presentación de tu declaración jurada anual, o transcurrido 5 días hábiles, desde la fecha de presentación de tu Declaración Anual del Impuesto a la Renta del 2021.

Debes tener en cuenta que, la deuda acogida debe ser mayor o igual al 10% de la UIT, para el año 2022 equivale a S/ 460.00, en tanto, la cuota del fraccionamiento no puede ser menor al 5% de la UIT (S/ 230.00).

 

SOLICITUD DE DEVOLUCION

Si se determina que tuviera saldos a favor se podrá solicitar la devolución de cada tipo de renta. Existen tres modalidades de devolución:

  1. El abono se realiza en la cuenta del contribuyente
  2. Mediante cheque para montos mayores a 10 UIT.
  3. Mediante una orden de pago financiera (OPF).

 

CRONOGRAMA DE VENCIMIENTOS

ÚLTIMO DÍGITO

DEL RUC Y OTROS

FECHA DE

VENCIMIENTO

0

25 de marzo de 2022

1

28 de marzo de 2022

2

29 de marzo de 2022

3

30 de marzo de 2022

4

31 de marzo de 2022

5

1 de abril de 2022

6

4 de abril de 2022

7

5 de abril de 2022

8

6 de abril de 2022

9

7 de abril de 2022

Buenos Contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC

8 de abril de 2022

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